Niños y niñas menores de 12 años de edad no deben acudir a las corridas de toros

El Instituto del Niño y la Familia y el Ministerio de Inclusión Económica y Social recuerdan a las autoridades locales, empresarios taurinos y auspiciantes la Resolución Defensorial que es de estricto cumplimiento de no permitir el ingreso de ningún menor de 12 años a presenciar las corridas de toros. La Defensoría del Pueblo y la Naturaleza ratifica la Resolución ante delegados provinciales a favor de la niñez y el bienestar animal.

17 abril 2010
Ecuador.

BOLETIN DEL INFA. NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 12 AÑOS DE EDAD NO DEBEN ACUDIR A LAS CORRIDAS DE TOROS

BOLETÍN DE PRENSA No 055
15-04-2010 
 

El Instituto de la Niñez y la Familia MIES-INFA como institución garante de los Derechos de la niñez y la adolescencia realiza una exhortación pública a fin de que se dé cumplimiento a la resolución defensorial Nro. 99-40467-CNDHIG-2009-MGAO que textualmente señala “tomar las medidas necesarias para impedir específicamente que las niñas y niños, menores de doce años, considerados grupos de atención prioritaria, sujetos de derechos e interés superior, ingresen a la corridas de toros”. 

Si bien la presente norma nació frente a la Feria Taurina “Jesús del Gran Poder” de la ciudad de Quito, la resolución defensorial extiende su ámbito a las otras corridas de toros del país pues señala: “Adicionalmente, y conforme a las competencias del Defensor del Pueblo, en materia de protección y tutela de derechos humanos, estas medidas deberán extenderse a nivel nacional para todas las corridas de toros que se realicen en las plazas de toros del país”.

El documento, con fecha 4 de noviembre del 2009 y firmado por la Lic. Rosario Utreras Miranda, Comisionada Nacional de Derechos Humanos Individuales y de Género, hace una exhortación al señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos a fin de que acoja la presente resolución defensorial y “desde su alta función pública, aporte para garantizar los derechos de la niñez mencionados en este documento, disponiendo acciones y medidas a nivel nacional que eviten que las niñas y niños, hasta los 12 años, presencien las corridas de toros que se realizan en plazas y ferias y que terminan con la muerte del animal”.

La resolución defensorial también recuerda a las empresas “entidades, organizaciones públicas o privadas a nivel nacional, que son actores importantes de la sociedad ecuatoriana, y tienen por lo mismo la obligación y compromiso social, junto al Estado y la familia, de trabajar por la niñez y realizar actividades en las que se fomente el ejercicio pleno de los derechos de la niñez y la naturaleza”.

Con estos antecedentes, el MIES-INFA solicita a las autoridades de control se tomen las medidas necesarias a fin de que los niños y niñas menores de 12 años no ingresen los espectáculos taurinos a fin de salvaguardar su integridad psicológica y emocional, derechos que son consagrados en diversos instrumentos jurídicos como la Constitución de la República y el Código de la Niñez y la Adolescencia, entre otros. Además la institución promueve la construcción de una cultura de Paz y de respeto hacia los Derechos de la Naturaleza.  

 
Lic. Julio Paredes Pazmiño
COMUNICADOR SOCIAL
 
 

MEMO DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO. SE RATIFICA RESOLUCION ANTE DELEGADOS PROVINCIALES A FAVOR DE LA NIÑEZ Y EL BIENESTAR ANIMAL

MEMORANDO Nº. 181-DNPrt-2010-MGAO.

PARA: DELEGADOS Y DELEGADAS DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EN PROVINCIAS A NIVEL NACIONAL.

FECHA: 12 de abril de 2010

ASUNTO: En el texto

Reciban un cordial saludo de quienes conformamos la Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza y de la Coordinación Nacional de Protección Prioritaria.

En esta oportunidad, queremos poner en su conocimiento que con fecha 04 de noviembre de 2009, se emitió la Resolución Defensorial No.-99-40467-CNDHIG-2009-MGAO, la misma que trata sobre el derecho que las niñas y niños tiene a una vida libre de violencia, a presenciar espectáculos que sean de carácter formativo y que no involucren el sacrificio de animales, como es el caso de las corridas de toros en plaza; razón por la cual una de las medidas que se dispusieron en la resolución se refiere a que las niñas y niños hasta los 12 años, no ingresen a las corridas de toros en plazas a nivel nacional.

Cabe mencionar que se ha llegado a conocer que las empresas organizadoras de las ferias taurinas en plazas, suelen manifestar que la Resolución No.- 99-40467-CNDHIG-2009-MGAO, fue impugnada, información que no es real, CITOTUSA, ingresó un pedido de recurso de Revisión, el cual fue negado por el señor Defensor del Pueblo, ratificándose totalmente en los fundamentos de la misma.

Con los antecedentes expuestos, remitimos copia de la mencionada resolución, y del recurso de revisión, con el fin de que en cada provincia, se realicen las acciones necesarias de carácter defensorial e interinstitucional, para impedir que las niñas y niños hasta los 12 años ingresen a las ferias de corridas de toros en plazas.

Mucho le agradeceremos realizar las gestiones necesarias en los cantones de su provincia, para difundir el contenido de la Resolución, establecer redes con Instituciones del Estado y organizaciones ciudadanas que trabajen por la niñez y el bienestar animal, con el fin de que las disposiciones defensoriales se cumplan y los derechos de la niñez y de la naturaleza se cumplan.

Cordialmente,
 
Dr. Patricio Benalcázar Alarcón                                   

DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA          

Lic. Rosario Utreras Miranda

COORODINADORA NACIONAL DE PROTECCION PRIORITARIA

 

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