CAMARLES ANULA LAS LICENCIAS DE LA GRANJA DE MONOS

La Fundación Altarriba se congratula y felicita al pleno del Ayuntamiento de Camarles por la decisión tomada por unanimidad declarando nulas las licencias otorgadas en su día en favor de la empresa Centre de Recherches Primatologiques Ltd., para instalar en su municipio una granja de macacos, destinados a su comercialización para experimentación en laboratorios.a decisión del Ayuntamiento, por la que ha venido luchando la Fundación Altarriba en el terreno legal, social y político desde hace mucho tiempo, se ha visto respaldada y ha sido posible gracias al dictamen favorable de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat de Catalunya, compuesta por notables doctores en Derecho Administrativo, quienes señalaron, tras argumentar las razones, que las licencias se habían otorgado de forma ilegal, infringiendo el procedimiento y con ausencia de los requisitos esenciales.

04 diciembre 2003
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CAMARLES ANULA LAS LICENCIAS DE LA GRANJA DE MONOS

Miércoles, 3 de diciembre de 2003

La Fundación Altarriba se congratula y felicita al pleno del Ayuntamiento de Camarles por la decisión tomada por unanimidad declarando nulas las licencias otorgadas en su día en favor de la empresa Centre de Recherches Primatologiques Ltd., para instalar en su municipio una granja de macacos, destinados a su comercialización para experimentación en laboratorios.

La decisión del Ayuntamiento, por la que ha venido luchando la Fundación Altarriba en el terreno legal, social y político desde hace mucho tiempo, se ha visto respaldada y ha sido posible gracias al dictamen favorable de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat de Catalunya, compuesta por notables doctores en Derecho Administrativo, quienes señalaron, tras argumentar las razones, que las licencias se habían otorgado de forma ilegal, infringiendo el procedimiento y con ausencia de los requisitos esenciales.

La Fundación Altarriba atacó desde el primer momento el hecho de instalar una granja de monos en Camarles, porque contravenía la normativa urbanística del territorio, suponía un peligro medioambiental y sanitario, y era una acción en contra de la protección de una especie de primates, que la propia Ley de Protección de los Animales de Cataluña (22/2003 de 4 de julio) recogió después, señalando en su articulado la prohibición de instalar este tipo de granjas.

El pueblo entero de Camarles, agrupado en una Plataforma creada para impedir esta instalación, ha estado también desde el principio luchando contra la misma. Esperamos que el dictamen jurídico de la citada Comisión, y el acto de nulidad de las licencias con la aprobación unánime del Consistorio de Camarles, abra el camino definitivamente a la solución de este problema creado por la mencionada empresa, una multinacional con sede en Isla Mauricio, dedicada a esquilmar la vida de las selvas, comercializando primates para destinarlos a la experimentación, y que recientemente llevó a cabo, una vez más, la acción ilegal de importar 298 macacos, hoy decomisados, pero todavía en Camarles, y que actualmente estaba dando nuevos pasos, tales como la solicitud de permisos a CITES, para importar mil más de estos animales.

Barcelona, 3 de diciembre de 2003

NOTAS PUNTUALES SOBRE EL CENTRO DE CAMARLES

  • La empresa presentó el 21 de septiembre de 1999 solicitudes y comunicación previa para un centro de cría y suministro de animales de experimentación (3.600 simios, variedad macacos) y para la vivienda del guarda de este centro.
  • La empresa codemandada e, inicialmente también, el Ayuntamiento, consideraron la actividad de cría y suministro de animales de experimentación como una simple actividad ganadera. Incluso, llegaron a equiparar el centro de cría y suministro de simios para experimentación con una “granja de cerdos, avestruces o conejos”. De esta forma querían evitar la aplicación del régimen urbanístico de usos en suelo no urbanizable que impedían claramente este centro.
  • La empresa codemandada ofreció dinero al ayuntamiento a fin de facilitar la instalación del centro. Así, consta en el escrito presentado el 15 de febrero de 2000.
  • Con todo, el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Tarragona de 7 de febrero de 2001 denegó la autorización del centro y de la vivienda de guarda en suelo no urbanizable. En base a estos argumentos:
    • No se trata de una actividad agropecuaria o ganadera sino de cría y suministro de animales de experimentación, según el listado de actividades de la legislación de intervención integral de la administración ambiental.
    • No se puede considerar una actividad de utilidad pública ni de interés social.
    • No consta el cumplimiento de las condiciones para la autorización de los centros de cría y suministro de animales de experimentación previstas en la legislación sectorial sobre esta materia (Directiva 86/609).
    • Falta el informe del Departament d’Agricultura, Ramaderia i Pesca.
    • Vulnera los usos admitidos por el art. 26 de las normas urbanísticas del Plan Director del Delta del Ebro que, con relación a la calificación de suelo no urbanizable, admite solamente los usos agrícolas, ganaderos, forestales o el uso racional de los recursos naturales, el residencial como complementario de la actividad agropecuaria e instalaciones de utilidad pública o de interés social.
    • Vulnera el régimen general de usos admitidos en suelo no urbanizable (art. 127 y 128 Decreto legislativo 1/1990).
  • Por tanto, el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 6 de marzo de 2001 denegó las solicitudes de licencia de obras y de la comunicación previa.
  • La empresa promotora presentó recurso de alzada el 15 de marzo de 2001 contra el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Tarragona de 7 de febrero de 2001.
  • Sorprendentemente, la resolución del Conseller de Política Territorial i d’Obres Públiques de 15 de abril de 2002 estimó el recurso de alzada de la empresa y dejó sin efecto el acuerdo impugnado, autorizando la vivienda unifamiliar aislada y sin pronunciarse sobre el centro.
  • El acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de 8 de mayo de 2002 deja sin efecto los acuerdos de denegación de licencias otorgándolas.
  • La Fundación Altarriba interpone el 5 de julio de 2002 recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de 8 de mayo de 2002 ante el Juzgado contencioso administrativo núm. 2 de Tarragona.
  • A raíz de la alarma social y de las graves ilegalidades cometidas, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Camarles de 28 de agosto de 2003 acuerda la revisión de oficio por nulidad del acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de 8 de mayo de 2002, que otorgó las licencias de obras y permitió la actividad. También acuerda la medida provisional de suspensión del funcionamiento de la actividad. Actualmente, el procedimiento está pendiente del informe preceptivo de la Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat.
  • En contra de las declaraciones públicas del Conseller, la resolución del Subdirector del Bosques y Biodiversidad del Departament de Medi Ambient de 7 de julio de 2003 autoriza el funcionamiento del centro mediante su inscripción en el registro de centros de cría y suministro de animales para experimentación.
  • Posteriormente, el Ministerio de Economía otorga el permiso de importación de 300 monos por el centro de Camarles.

 

 

 

 

 

 

 

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