Casas de Alcanar se queda sin bous a la mar

Los actos taurinos se van a hacer en un recinto cerrado al puerto donde se evitara que los animales entren en el agua. El consistorio advierte que agotara la vía administrativa y jurídica si no se reconoce esta modalidad tradicional del municipio.

11 agosto 2016
Alcanar, España.

La regidora de fiestas del ayuntamiento de Alcanar, Mercè Fischer, y el regidor de Sanidad, Jordi Bord, han  confirmado que este año no se podrán celebrar los bous a la mar en las Casas de Alcanar tal como se a realizado hasta ahora por casi 40 años.

La Delegación del Gobierno de las Terres de l'Ebre aún no a dado respuesta a las alegaciones presentadas por el consistorio al expediente sancionador abierto por los bous a la mar de 2015, después de una denuncia presentada por ACTYMA. "Si este año hiciese bous a la mar, podrían caer en prevaricación, dado que hay un expediente sancionador abierto y además habría reincidencia. Esto nos podría traer una sanción de 600.000 euros y inhabilitación para hacer los bous al municipio. Por esto nos vemos obligados, muy a nuestro pesar, en cerrar la plaza con barreras, a pesar que defendemos que estamos cumpliendo la ley" a expuesto la regidora Mercè Fischer.

El año pasado, dando cumplimiento a la sentencia del juzgado del Contencioso Administrativo nº 1 de Tarragona, a raíz de una denuncia de 2014 por los bous en la Ampolla, el Ayuntamiento de Alcanar optó para hacer los bous a la mar en un recinto rectangular y con acceso al agua. La plaza, que continuaba combinando una parte terrestre y una acuática, era cerrada, con barreras dentro de el agua que cerraban el rectángulo. “Teníamos certificados de solidez y cierre por parte de ingenieros y cumplimos con todos los requisitos que contempla la ley”, defiende la regidora de Fiestas.

Por este motivo, desde el consistorio no se entiende como pueden ser objeto de un nuevo expediente sancionador. El punto de discordia se encuentra en la interpretación del artículo 4 de la Ley de regulación de las fiestas tradicionales con bous (Ley 4/2010) en que se describen las modalidades regladas. En ninguna de ellas consta textualmente los bous a la mar, pero sí que se nombren los bous en la playa como una variante de los bous a la plaza. Así se expone: “Bous en la plaza: consiste en soltar los animales en un recinto cerrado, una plaza o un lugar similar, construido con barreras de protección y gradas para el público, para evitar que salgan del recinto. Esta modalidad incluye la variante de bous a la playa”.

Según Fischer, “los bous en la playa también se tendrían que entender como bous a la mar, teniendo en cuenta que ya en momento de redacción de la ley no había ningún municipio que hiciera en la playa y sí a la mar, como las Casas de Alcanar”, donde hay tradición documentada desde hace más de 40 años, a pesar de que ya antes, los bous se hacían en la plaza de Sant Pere y tenían acceso al agua. Además, Fischer insiste que “la ley en ningún momento dice que el recinto cerrado tenga que ser terrestre”. Así las cosas, la regidora de Fiestas rechaza que se tenga que hacer una modificación de la ley para aclarar estos términos. “No hay que modificar la ley, sólo hay que interpretarla. No hay que llegar al Parlamento y estar dos años para modificar un punto”, asegura.

Por otro lado, el consistorio también rebate las acusaciones de AnimaNaturalis y ACTYMA sobre el sufrimiento de los bous al agua. “Se alega que los animales que tienen acceso al agua sufren maltrato. Los veterinarios estuvieron durante toda la tarde en la plaza de las fiestas del año pasado comprobando lo que vivían los bous cuando salían del agua. Hemos adjuntado las actas del veterinario colegiados en que certifican que ningún animal sufrió lesiones".

A pesar de no poderlos celebrar este año, el Ayuntamiento de Alcanar confía que la Delegación del Gobierno acabo aceptando las alegaciones del consistorio y se puedan volver a hacer bous a la mar en las Casas. De no ser así, Fischer asegura que el Ayuntamiento agotará la vía administrativa e iniciará la vía jurídica con la presentación de un recurso de altura y de un recurso contencioso administrativo.

La batalla jurídica contra los bous a la mar se arrastra desde hace dos años, con denucias y acciones legales de ACTYMA y AnimaNaturalis. Una denuncia del 2014 desencadenó que el ayuntamiento optara para hacer un recinto cerrado.

La Sentencia 402/2013, del Juzgado del Contencioso-Administrativo nº 1 de Tarragona, dio la razón a una denuncia contra esta modalidad taurina. Una sentencia que según defienden los animalistasm supone la prohibición de esta modalidad en los espectáculos de correbous en Cataluña. Según advertía el juez en su sentencia, el hecho que los bous a la mar se celebrasen en un recinto abierto, como es el mar, implicaba un incumplimiento del precepto legal, el arte. 4 de la Ley 34/2010, que obliga que los toros estén en un recinto cerrado. En 2014, después de otra denuncia de ACTYMA, la Generalitat de Cataluña sancionó los organizadores del espectáculo de los bous a la mar de las Casas de Alcanar con una multa de 600 euros.

Después de estos hechos, el Ayuntamiento de Alcanar buscó una salida: instalar barreras de madera dentro del agua, al recinto portuario, sujetas en tierra con pies de hormigón, que unidas a las barreras a tierra, configuraban un recinto cerrado. Una propuesta absurda e igualmente fraudulenta, por lo que se volvió a denunciar la celebración de este espectáculo taurino.

Estos hechos suponen infracciones graves de la Ley 34/2010 de regulación de las fiestas tradicionales con bous, sancionables con multas de entre 60.001 euros o 150.000 euros cada una, que teniendo en cuenta la trascendencia social y reiteración podría sumar un total de entre 240.000 euros y / o 600.000 euros.

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