En 18 meses se han iniciado 321 procedimientos penales

El Refugio pide a ciudadanos, autoridades y organizaciones.

12 junio 2006
España.

Desde que entró en vigor la reforma del Código Penal el pasado 1 de octubre de 2004, durante estos dieciocho meses en España se han iniciado 321 asuntos judiciales penales existentes en relación con el abandono y el maltrato animal.

En dicha reforma del Código Penal, se modificaron los artículos 337 y 631 del mismo:

Articulo 337, quedó redactado de la siguiente manera: “Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico, serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio comercio que tenga relación con los animales."

También se modificó el Articulo 631 en su punto 2 quedando como sigue: "Quienes abandonen a un animal domestico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad serán castigados con la pena de multa de diez a treinta días."

Existen algunas sentencias condenatorias con penas de cárcel:

- Condenan al autor en el Juzgado Penal 1 de Santander por un delito del Art. 337 a la pena de 3 meses de prisión.

Hechos probados:
Según dice la sentencia, después de amenazar a su mujer y a sus hijos diciéndoles que los iba a matar, se levantó de la siesta cogió una horca y mató a una perra pequeña propiedad de la familia y posteriormente con un palo golpeó repetidamente a un perro rotwailer y después, pasándole una cuerda por el cuello, lo colgó de un poste, no llegando a ahogarse por descolgarle uno de sus hijos.

- El Juzgado de Menores de Guadalajara condena a los autores a 8 meses de libertad vigilada, por un delito del Art. 337 (las penas son distintas por tratarse de menores).

Hechos probados:
Según dice la sentencia, varios menores puestos de común acuerdo y guiados con ánimo de capturar a un animal, causándole un innecesario y prolongado dolor dirigido a causarle la muerte, capturaron un gato propiedad de una vecina, utilizando para ello un cebo de carne. Una vez con el gato en su poder, procedieron a atarle las cuatro patas y tras introducirlo en un cubo, le ataron con cordeles petardos en el cuerpo, le seccionaron las orejas y el rabo, le arrancaron los ojos, le abrieron el vientre con una cuchilla y tras extraerle las tripas se las ataron alrededor del cuerpo.

Por otro lado, el auto del Juzgado de instrucción nº 2 de Arganda en relación al rescate de 154 animales en Eurovillas, hoy hace un año) en el que inhabilita para la tenencia de animales domésticos a las autoras de los presuntos delitos de maltratos a los animales, es también un paso importante en la protección de los animales.

La autorización por parte del Juzgado nº 26 de Plaza de Castilla, después de la investigación de la Policía Municipal de Madrid, en la que se permite el rescate de Ingrid, una perra San Bernardo que llevaba encerrada en un domicilio varios años sin salir a la calle, es otro paso importante en la defensa de los animales.

“La realidad es que a pesar de los 321 procedimientos penales existentes, en aisladas ocasiones se han impuesto penas de cárcel por el delito de maltrato. Desde El Refugio creemos que falta conciencia social respecto a que según el Código Penal se pueda condenar a una persona que maltrata a un animal de tres meses, a un año de cárcel”, manifestó Nacho Paunero, presidente de El Refugio.
Actualmente cuesta condenar a los autores como responsables de un delito de malos tratos, haciéndolo sólo por una falta (de daños, contra los intereses generales, contra la flora y fauna, etc.), cuando realmente se está en presencia de un delito.

En la generalidad de los casos denunciados de malos tratos, ya sean por abandono o malos tratos graves, con lesiones y con resultado de muerte incluso (lesiones que les provocan muerte, envenenamiento, encierro y falta de alimentación, ahorcamientos, muerte provocada con navaja, etc.) las condenas se reducen a una multa, como por ejemplo:

En Jaén:

Hechos probados: el autor dio un disparó a un perro que estaba molestando a sus ovejas. El autor fue condenado a 100 euros de multa. Cuando los hechos están tipificados con penas de cárcel.

En Córdoba.

Hechos probados: El autor para separar a su perro en una pelea de dos perros, sacó una navaja que llevaba y mató al otro perro. El autor tenía ya amenazado al perro de muerte, compatible con la rapidez con que sacó la navaja que ya llevaba preparada. El autor fue condenado a una pena de 45 euros. Cuando los hechos están tipificado con penas de cárcel.

En Canarias.

Hechos probados: dos de los perros que tenía el autor a su cuidado murieron por falta de alimentos, agua y atenciones. El autor fue condenado a una multa de 90 euros.

Tan sólo hace 20 meses que se modificó el Codigo Penal, cuesta mucho todavía que se realice una instrucción completa con todos los medios de prueba para probar los hechos denunciados. Tenemos un caso concreto, en el que El Refugio se personó como acusación: Balto, un perro paralítico a consecuencia de un tiro. El juez del juzgado de instrucción nº 2 de Segovia al solicitarle una prueba balística, consideró la prueba desproporcionada. El Refugio aportó la bala que dejó paralítico a Balto y otra que dejó mal herido a otro perro con dueño, el día anterior. En este caso Balto no ha tenido justicia por el hecho de ser un perro.

Otro caso concreto donde también esta personado El Refugio como acusación es el de Nena, un presunto delito de maltrato. El mismo Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Segovia sin realizar instrucción alguna, es decir sin llamar a declarar a su dueña ni a los testigos del presunto maltrato, directamente lo tipifica como falta, lo que significaría en caso de condena una multa, de 100 euros por ejemplo, y en ningún caso cárcel. Ni siquiera se dictaron las medidas cautelares en las que se solicitaba la inhabilitación de la dueña de Nena para la tenencia. El caso de Nena está recurrido en la Audiencia Provincial de Segovia.

En definitiva, al autor del maltrato, su conducta le sale “casi gratis”, ya que va a ser condenado con la pena de una multa de 10 a 30 días, a razón de 6 euros por día (de media). Por ejemplo: si le imponen lo mínimo, la multa será de 60 euros.

Desde El Refugio apelamos a la conciencia social. El abandono y el maltrato de los animales debe ser denunciado por todos, no sólo como un deber ético o moral, sino también porque es un deber social y legal (la ley de enjuiciamiento criminal en su art. 259 establece la obligación de denunciar a todos los que presenciaren la perpetración de cualquier delito público).

Número de procedimientos penales iniciados por Comunidades Autónomas:

Andalucía: 21; Aragón: 26; Extremadura: 8; Asturias: 7; Canarias 14; Cantabria: 14; Castilla La Mancha. 58; Castilla-León: 34; Cataluña: 39; Galicia: 5; Islas Baleares: 5; La Rioja: 1; Comunidad de Madrid: 40; Murcia: 8; Navarra: 2; Pais Vasco: 39; Valencia: 0

A continuación, os trasladamos algunos de los casos de animales recogidos en el Centro de Adopcion de El Refugio por los que la asociación se ha personado como acusación en los procedimientos abiertos:

Balto: Un macho, mestizo de dos años. Le dispararon un tiro y sufre parálisis de sus patas traseras ahora necesita una silla especialmente diseñada para poder moverse. Lo que más le gustaría sería encontrar una familia que lo adoptase.

Nena: una hembra, cruce de caniche, de dos años. Sufrió quemaduras por toda la parte superior de su cuerpo. Ahora está recuperada, pero su aspecto aún refleja su terrible historia.

Cuatro de los animales rescatados en Eurovillas: Dodi: negro, mestizo, de tamaño pequeño. Iris, perrita pequeña que cuando fue recuperada era tan sólo un cachorro y sin posibilidades de ser de momento adoptada mientras dure el procedimiento judicial. Pitia y Gordita, dos hembras de Braco de Weimar que fueron rescatadas en un terrible estado, con leishmania, erliquiosis, sarna, tumores y que hoy reciben en El Refugio todos los cuidados que necesitan. Pitia incluso estaba ciega debido al lamentable estado que presentaba y las condiciones en las que vivía. Hoy hace un año de este rescate realizado en la Comunidad de Madrid gracias a la colaboración de varias asociaciones protectoras y fuerzas del estado; 154 animales en total, el mayor rescate de animales de España. Algunos de ellos, a pesar de los tratamientos y cuidados veterinarios, han muerto por las graves lesiones y enfermedades que padecían al ser rescatados. Las acusadas han sido inhabilitadas para la tenencia de animales mientras dure el procedimiento.

Tobias: Un mestizo que fue tiroteado en el pecho y estaba agonizando en la puerta del Ayuntamiento de Patones. Unas vecinas del pueblo lo recogieron y llamaron a El Refugio. La bala le destrozó el hombro por lo que durante el último año ha tenido que ser intervenido quirúrgicamente cinco veces; todavía no está recuperado de sus lesiones.

Ingrid: Una perra San Bernardo, rescatada de un domicilio en el que llevaba encerrada más de cinco años sin pisar la calle.

El Refugio se ha personado como acusación en procedimientos abiertos en Madrid, Segovia, Ciudad Real, Cuenca, Badajoz y Valladolid.

“Nos ponemos a disposición de los ciudadanos que quieran denunciar cualquier situación de maltrato de un animal, si quieren pueden ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro portal www.elrefugio.org o en nuestro telefono: 917303680”, afirmó Milagros Lorente, responsable del Departamento Jurídico de El Refugio.

www.elrefugio.org (Madrid).

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