TSJ admite acción de nulidad contra Espectáculos Taurinos en Caracas

Venezuela . Publicado el jueves 8 de diciembre del 2011.

Con esta sentencia en Distrito Capital, la abolición en Venezuela está cerca, ya que el mismo caso es aplicable a las ciudades Maracay, San Cristóbal y Maracaibo que cuentan con la misma ordenanza Prensa TSJ

TSJ admite acción de nulidad contra Espectáculos Taurinos en Caracas

Caracas, Venezuela. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en ponencia de su vicepresidente, magistrado Francisco Carrasquero López, admitió la acción de nulidad interpuesta por la ciudadana Celina Vega, contra la Ordenanza sobre Espectáculos Taurinos dictada por el entonces Concejo Municipal del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), publicada en la Gaceta Municipal N° 778, del 29 de julio de 1988.

Esgrimió Celina Vega que la referida Ordenanza vulnera el artículo 127 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al concebir las corridas de toros como espectáculos públicos, porque el Estado tiene la obligación de proteger a todas las especies vivas. Agregó que en las corridas de toros no sólo se infringe daños a dichos animales, sino también a los caballos y a la misma sociedad.

Constató la Sala del Alto Tribunal del país que el recurso judicial interpuesto no incurre en las causales de inadmisibilidad que establece el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que fue admitida la acción de nulidad, “sin perjuicio de la potestad que asiste a esta Sala de examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia en cualquier estado y grado del proceso”, precisa la sentencia.

Al ser admitida la acción de nulidad, se ordenó citar al Presidente del Concejo Municipal del Distrito Capital y al Síndico Procurador del referido Distrito; notificar a la Fiscal General de la República, la Defensora del Pueblo, además, acordó notificar a Celina Vega ya que la admisión se produjo fuera del lapso previsto en el artículo 132 de la mencionada Ley Orgánica.

Ver sentencia

Con esta sentencia en Distrito Capital, la abolición en Venezuela está cerca, ya que el mismo caso es aplicable a las ciudades Maracay, San Cristóbal y Maracaibo que cuentan con el mismo caso, una ordenanza de protección animal que prohíbe intrínsecamente las corridas de toros y otra de espectáculos taurinos que la contrapone.



Si quieres comentar, debes hacer ingresa a tu cuenta primero.

Comentarios

Carmelo

Carmelo publicado el domingo 1 de abril del 2012
TOROS.TOROS.TOROS ....NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO
Fermin

Fermin publicado el sábado 31 de marzo del 2012
VENEZUELA VENEZUELA VENEZUELA podeis conseguirlo y asi acabar de una vez con esta fiesta española, pais que os tiene a menos.
Ujrwksu

Ujrwksu publicado el domingo 11 de marzo del 2012
J7HJI8 ycuobqklacwq
Miguel

Miguel publicado el viernes 2 de marzo del 2012
Muchas gracias! me stnieo un poco abrumada, hace poquito que nos "conocemos" y me teneis muy mimada. Me hace muy feliz sentir vuestro afecto.Besinos, mil.
Beatriz bencomo

Beatriz bencomo publicado el sábado 7 de enero del 2012
Los felicito. de todo corazon y en nombre de los que no tienen voces, les digo que hay que seguir luchando dios no creo solamente al ser humano ,tambien hizo a los animales para que disfrutaran de la vida no hay que ser tan egoistas con los mas indefensos.