Llegó la hora de la Consulta… La Corte le falló a los toros

Finalmente la Corte falló y lo hizo a favor de los intereses taurinos, no de la protección constitucional a la naturaleza y a los animales, como lo hizo en 2010 con su sentencia C-666 de 2010 que pasará a la historia por progresista, hoy letra muerta.

03 septiembre 2014
Bogotá, Colombia.

Bogotá, Colombia -“Finalmente la Corte falló y lo hizo a favor de los intereses taurinos, no de la protección constitucional a la naturaleza y a los animales, como lo hizo en 2010 con su sentencia C-666 de 2010 que pasará a la historia por progresista, hoy letra muerta. Sin embargo, respetamos el fallo por la relevancia de la institución. De las conexiones taurinas de Mauricio González Cuervo, magistrado ponente y confeso taurino, no podemos decir lo mismo”, afirmó Andrea Padilla, vocera para Colombia de AnimaNaturalis Internacional.

De acuerdo con la vocera de la organización, “el siguiente paso en esta batalla jurídica es que el alcalde solicite la nulidad de la sentencia, una vez se notifique, para lo cual tendrá un plazo máximo de tres días”.

Además, los defensores de animales han sido enfáticos en que “la abolición de las corridas de toros en Bogotá no puede seguir en manos de los jueces ni quedar sujeta a una eterna discusión de interpretaciones jurídicas”, por lo cual afirman que “a las corridas de toros les ha llegado la hora de apelar al voto popular”, agregó Padilla.

AnimaNaturalis informó que, junto con otras organizaciones y de la mano de distintos movimientos y sectores políticos de la ciudad, reactivarán la propuesta que le hicieran al alcalde Gustavo Petro en 2012 de proponer una consulta popular “para dirimir democráticamente, con el constituyente primario, si los bogotanos y las bogotanas quieren que sigan existiendo corridas de toros en nuestra ciudad”, agregó la vocera.

Los defensores de animales recuerdan que según los sondeos de opinión “más del 92% de los capitalinos rechaza la corridas de toros por considerarlas espectáculos crueles con animales”.

La Consulta Popular está contemplada en la Constitución de 1991 y reglamentada en la ley 134 de 1994 que la define como “la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria”.

De acuerdo con Andrea Padilla, “las grandes batallas radicarían en movilizar a los concejales para que apoyen una iniciativa nacida de los movimiento sociales, y en llevar a las urnas a la tercera parte de los electores que componen el censo electoral de Bogotá y obtener el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos”.

“Primero debemos apostarle a una consulta popular en Bogotá. Ya llegará el momento de una movilización nacional. Lo local nos convoca hoy”, concluyó Andrea Padilla.

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