Durante semanas, en 2020, distintas personas entraban en dos pisos colindantes de un bloque del barrio de Canyadó cargando animales enjaulados. Salían sin ellos. Poco después, cuerpos degollados y decapitados de gallinas, palomas, codornices y corderos recién nacidos aparecían en bolsas de basura en los contenedores de la calle. Ningún vecino del edificio denunció los hechos. Fueron personas voluntarias de AnimaNaturalis quienes, tras detectar los movimientos sospechosos, organizaron una vigilancia y documentaron lo que ocurría.
El 23 de octubre de 2020, la Guardia Urbana de Badalona interceptó a dos personas que transportaban dos cajas de cartón cerradas, sin ventilación, con un gallo adulto, nueve gallinas y tres codornices en su interior. Las condiciones ponían en "grave riesgo" la vida de los animales, según el escrito de la Fiscalía. Los trece individuos fueron decomisados y trasladados a la Fundación Santuario Gaia. Allí se constató que ocho de las nueve gallinas presentaban disnea, secreciones mucosas y conjuntivitis. A pesar del tratamiento veterinario, cinco de ellas murieron a consecuencia de las condiciones en que habían sido transportadas.
"Por primera vez en España, una sentencia firme reconoce como delito de maltrato animal la muerte y las lesiones causadas a animales durante rituales de santería, estableciendo un importante precedente para la protección de los animales.", expresa la letrada Anna Maria Estaran, responsable de la representación legal de la fundación en este proceso.
Aïda Gascón, directora de AnimaNaturalis en España asegura que la resolución no será recurrida por ninguna de las partes, por lo que pone fin a más de cinco años de procedimiento judicial. Gascón subrayó la trascendencia jurídica del fallo, al establecer un precedente claro sobre los límites que la ley impone frente a prácticas que instrumentalizan a los animales, independientemente de su motivación cultural o religiosa.
Una sentencia que sienta precedente
La sentencia, dictada in voce por una jueza penal de Barcelona, condena a dos personas por un total de ocho delitos de maltrato animal. Por los cinco delitos con resultado de muerte, la pena impuesta es de 15 meses y 5 días de prisión y 5 años y 5 días de inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad relacionada con animales. Por los tres delitos de maltrato con resultado de lesiones, la condena es de 1 mes y 15 días de prisión (esta última finalmente sustituida por pena de multa de 630€) y 18 meses y 3 días de inhabilitación.
La resolución incorpora una medida especialmente significativa: la inhabilitación alcanza no solo al ejercicio profesional, sino también a la tenencia y convivencia con animales. Se trata de una novedad jurídica que va más allá de las sanciones habituales en este tipo de procedimientos. La pena de prisión queda en suspenso, al no tener los condenados antecedentes penales y haber reconocido los hechos, pero quedará sin efecto si vuelven a delinquir en los próximos 3 años.
La pena final fue reducida respecto a lo solicitado inicialmente por la acusación, aplicando la atenuante de dilaciones indebidas durante la tramitación del proceso. Según datos aportados por AnimaNaturalis, el presunto responsable principal de los sacrificios era un santero de origen argentino que habría actuado con la colaboración de otras personas. Los rituales habrían tenido lugar durante más de diez años en los dos pisos, que el santero tenía en propiedad desde hacía al menos ese tiempo, según declaró entonces la agente de la Guardia Urbana que llevó el caso.
"Este caso demuestra que la investigación, la denuncia y la acción judicial pueden dar resultados. Pero también evidencia los límites de la legislación actual: aunque celebramos esta condena histórica, las penas previstas para los delitos de maltrato animal siguen siendo insuficientes frente a la gravedad del daño causado" , valora Cristina Ibáñez, abogada de AnimaNaturalis. Ibáñez participó directamente en el caso como acusación popular y fue decisiva en la estrategia judicial que condujo al acuerdo entre las partes.
El fallo es el resultado de un acuerdo alcanzado en el mismo pasillo de los juzgados de la Ciutat de la Justícia de Barcelona, minutos antes de la celebración de la vista, entre la fiscalía, la acusación popular —representada por AnimaNaturalis— y la defensa. La sentencia es firme desde el momento de su dictado.
Por qué este caso importa más allá de Badalona
España carece hasta ahora de una jurisprudencia sólida que aborde el maltrato animal cometido en el contexto de prácticas rituales o religiosas. Este vacío ha permitido durante décadas que los llamados rituales de sangre —ilegales según la legislación vigente— se desarrollaran con relativa impunidad, al amparo de la invisibilidad social y de la ausencia de denuncias formales.
El caso de Canyadó destapa una realidad que, según estimaciones de la propia organización, no es excepcional. AnimaNaturalis documentó sacrificios que se repetían semanalmente: gallinas, palomas, codornices, cabritos y corderos recién nacidos eran utilizados en ceremonias cuyos precios, según datos aportados por la organización, podían oscilar entre los 50 euros por un ave y varios miles de euros por iniciaciones o ceremonias complejas. En todo ese tiempo, la comunidad permaneció en silencio.
La ciencia del bienestar animal es inequívoca respecto a la sintiencia de las aves: sienten dolor, miedo y estrés de formas que la investigación ha documentado con creciente precisión. Las condiciones de transporte que provocaron la muerte de cinco de las gallinas —hacinamiento, ausencia de ventilación, temperatura extrema— generan un sufrimiento fisiológico mensurable. No son circunstancias abstractas: son el mecanismo de la lesión y de la muerte.
"Esta sentencia es una herramienta, pero no es suficiente. Necesitamos que la sociedad entienda que ninguna práctica, por antigua o arraigada que sea, puede justificar el sufrimiento deliberado de un ser sintiente" , añade Gascón. La directora de AnimaNaturalis señala que el precedente jurídico ahora establecido debe ir acompañado de una actualización legislativa que eleve las penas y amplíe la protección efectiva.
La justicia avanza cuando la sociedad no mira hacia otro lado
Cinco años, varios miles de páginas de procedimiento judicial, y la determinación de un equipo legal y de voluntariado que no abandonó el caso: así se construye un precedente. Las cinco gallinas que murieron en una nave de rescate a consecuencia del maltrato que sufrieron no pueden ser devueltas. Pero lo que su caso ha dejado en el sistema jurídico español puede proteger a miles de animales que vendrán después.
Tú puedes ser parte de ese cambio. Cada denuncia que se formaliza, cada proceso judicial que se sostiene, cada campaña que visibiliza el maltrato animal necesita recursos, conocimiento jurídico y personas dispuestas a actuar. AnimaNaturalis lleva décadas haciendo exactamente eso: investigar, denunciar y litigar cuando nadie más lo hace.
Si este caso te ha interpelado, la acción más directa que puedes tomar hoy es respaldar el trabajo de la organización. Hazte socia o socio de AnimaNaturalis, contribuye económicamente a que casos como este puedan llegar hasta el final, y comparte esta sentencia para que el precedente alcance a quienes todavía no lo conocen.
Aquellas gallinas de Canyadó fueron rescatadas demasiado tarde. La próxima vez, quizás, llegues tú a tiempo.
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