Ponte en acción para proteger a los perros utilizados en la caza y los santuarios de animales

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha abierto una consulta pública sobre un nuevo Real Decreto que regulará los llamados "núcleos zoológicos tradicionales". Aunque suena técnico, este proyecto normativo puede tener consecuencias graves para miles de animales en España.

30 enero 2026
Madrid, España.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha abierto una consulta pública sobre un nuevo Real Decreto que regulará los llamados "núcleos zoológicos tradicionales". Aunque suena técnico, este proyecto normativo puede tener consecuencias graves para miles de animales en España.

El borrador presentado utiliza un concepto ambiguo y peligroso: define estos núcleos "por exclusión" (animales que no están cubiertos por otras normativas), sin criterios claros. Esto abre la puerta a:

  1. Incluir a los perros de caza bajo regulación ganadera, alejándolos de la protección que merecen como animales de compañía
  2. Afectar a santuarios y centros de rescate sin ánimo de lucro, sometiéndolos a normas diseñadas para explotaciones ganaderas
  3. Crear inseguridad jurídica que permita interpretaciones discrecionales según cada comunidad autónoma

Participa en la Consulta Pública

La consulta pública está abierta del 28 de enero al 11 de febrero de 2026 (inclusive). Es fundamental que el Ministerio escuche a la ciudadanía que se preocupa por los animales. Hemos preparado una carta modelo que puedes personalizar y enviar. Solo necesitas completar tus datos personales:

¿Por qué los perros de caza NO deben estar en este Real Decreto?

Los perros de caza NO son animales de producción. No forman parte de explotaciones ganaderas, no están destinados a la producción de alimentos, no generan productos para la cadena alimentaria ni son animales de compañía usados para actividades recreativas. Incluirlos en una normativa de sanidad ganadera sería un retroceso histórico en protección animal y permitiría mantenerlos en condiciones inaceptables.

¿Qué pasa con los santuarios?

Los santuarios y centros de rescate cumplen una función social y ética fundamental. Rescatan animales de maltrato y abandono, no tienen finalidad comercial ni productiva y trabajan por el bienestar animal. Someterlos a regulaciones ganaderas es desproporcionado e inadecuado.

¿Qué es una consulta pública previa?

Según la Ley 50/1997 del Gobierno, antes de elaborar un reglamento, la Administración debe consultar a la ciudadanía sobre la finalidad de la norma, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas.

¿Por qué es importante participar? Esta es una consulta pública previa, el primer paso en la elaboración de la norma. Es el momento en que la ciudadanía puede influir ANTES de que se redacte el texto definitivo. Si no participamos, las decisiones se tomarán sin escuchar nuestra voz.

¿Es legal usar una carta modelo? Sí, totalmente. Las organizaciones ciudadanas suelen ofrecer modelos para facilitar la participación. Lo importante es que incluyas tus datos personales reales y, si quieres, añadas tus propios argumentos para personalizar tu aportación.

¿Qué pasa después de enviar mi observación? El MAPA debe analizar todas las observaciones recibidas en esta fase previa y tenerlas en cuenta al redactar el proyecto de Real Decreto. Después habrá una fase de información pública donde se podrán presentar alegaciones al texto concreto.

¿Cuánto tiempo tengo? La consulta pública previa está abierta desde el 28 de enero hasta el 11 de febrero de 2026 (ambos inclusive). Son solo 15 días. ¡No dejes pasar esta oportunidad!

¿Necesito ser experto en derecho para participar? No. Cualquier ciudadano puede y debe participar. Tu experiencia personal, tu preocupación por los animales y tu opinión como miembro de la sociedad son válidas y valiosas.

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