Lo que el nuevo reglamento europeo podría ayudar a los perros de caza en España... o no

El 27 de abril de 2026, el Parlamento Europeo debatirá en sesión plenaria el primer reglamento comunitario sobre bienestar de perros y gatos. Su eje central es la trazabilidad universal: microchip y registro obligatorio para todos los perros, incluidos los utilizados en la caza. Pero mientras Europa avanza hacia esa igualdad de trato, la legislación española sigue clasificando a estos animales en una categoría aparte, con menos derechos y menos controles. El reglamento podría cambiar eso. O no.

13 marzo 2026
Brussels, Belgium.

En España conviven hoy dos realidades jurídicas para el mismo animal. Un golden retriever que vive como animal de compañía en un piso de Sevilla está amparado por la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: tiene microchip obligatorio, un tutor legalmente responsable, acceso a los registros autonómicos de animales domésticos y protección penal en caso de maltrato. Un podenco que vive en una rehala de caza en Murcia —o un galgo que caza liebres en Ciudad Real— no tiene ninguna de esas garantías: la Ley 7/2023 excluye expresamente a los perros utilizados para la caza de su ámbito de protección, clasificándolos junto a los animales de producción ganadera.

Esta división no es un descuido. Es una decisión política que tiene consecuencias directas sobre la vida de cientos de miles de perros: ausencia de controles sistemáticos sobre sus condiciones de alojamiento, nula trazabilidad desde la camada hasta su destino final, sin fiscalización alguna, imposibilidad práctica de investigar el abandono o el maltrato, y una puerta abierta al comercio opaco de razas cinegéticas.

El reglamento europeo que se debatirá el 27 de abril de 2026 —el primero que la Unión Europea dedica específicamente al bienestar de perros y gatos— tiene el potencial de cerrar esa brecha. O de perpetuarla, si sus excepciones y sus plazos dilatados acaban siendo la coartada para no cambiar nada. "En España, la ley distingue entre perros que importan y perros que no. Los perros de caza no tienen identificaición, no tienen nombre registrado, no tienen tutor: son sólo instrumentos de explotados en la actividad cinegética. Ese es el marco que el reglamento europeo puede romper... si se aplica de verdad", explica Aïda Gascón, directora de AnimaNaturalis en España.

Trazabilidad sin categorías

La propuesta de la Comisión Europea, presentada en noviembre de 2023, parte de un diagnóstico claro: la falta de un sistema armonizado de identificación y registro de perros y gatos en la Unión facilita el tráfico ilícito, el fraude y el sufrimiento animal. Solo 24 de los 27 Estados miembros tienen el registro de perros obligatorio; para los gatos, solo 7. Las bases de datos nacionales existentes no son interoperables entre sí. Y en países como España, con decenas de miles de perros en circuitos cinegéticos, la opacidad es prácticamente total.

El texto original de la Comisión proponía una solución de principio sólida: microchip e inscripción en una base de datos nacional para todos los perros y gatos antes de su primera comercialización o suministro en la Unión, independientemente de su uso previsto. La clave estaba en ese último inciso: cualquiera que sea su finalidad prevista. La caza, el pastoreo, la guardia: todos incluidos.

Las enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo el 19 de junio de 2025 refuerzan ese principio con una adición explícita. El nuevo apartado 2 ter del artículo 2 establece que los requisitos de identificación y registro del artículo 17 "se aplicarán a todos los perros y gatos mantenidos bajo la responsabilidad de personas físicas", sin excepción. Además, el artículo 3 incluye por primera vez en el derecho comunitario una definición específica de los perros que realizan actividades específicas, de trabajo o profesionales: aquellos seleccionados para actividades como la caza, el pastoreo, el rescate, la asistencia o fines deportivos.

La existencia de esa definición no crea una categoría inferior: al contrario, la incorpora formalmente al ámbito del reglamento, con todas las obligaciones de bienestar, identificación y registro que este establece. El artículo 17 obliga a que los perros sean identificados mediante transpondedor subcutáneo con microchip, que el veterinario registre al animal en la base de datos nacional en un plazo de dos días hábiles, y que cualquier cambio de tenencia o responsabilidad quede también registrado en dos semanas.

El sistema contempla además bases de datos nacionales interoperables —España deberá conectar su REIAC y los registros autonómicos a un índice común europeo gestionado por la Comisión—, un sistema público de verificación de la autenticidad del microchip y el registro, y la obligación para las plataformas de venta en línea de exigir y mostrar el número de microchip antes de publicar cualquier oferta. "La trazabilidad no es solo una cuestión técnica de bases de datos. Es la condición mínima para que un perro sea un sujeto con historia y con responsable, no un objeto que puede aparecer y desaparecer sin que nadie dé cuentas", agrega Gascón.

Lo que el reglamento puede cambiar en España... y lo que no

El contraste entre lo que el reglamento establece y lo que ocurre actualmente en España es revelador. Hoy, España tiene el REIAC, pero este registro no es homogéneo en todo el territorio: las comunidades autónomas tienen sus propios sistemas (RIVIA en Andalucía, AIAC en Cataluña, y otros con menor grado de desarrollo), y la interoperabilidad entre ellos es parcial e inconsistente. Los perros de caza están además excluidos del ámbito de la Ley 7/2023 y del concepto de animal de compañía que organiza ese sistema de registros.

Esto significa que, en la práctica, miles de perros utilizados en monterías, cacerías con galgo y rehalas de perdiz no tienen un registro oficial accesible, no tienen un tutor legalmente identificado como responsable de su bienestar, y su nacimiento, transferencia y muerte son invisibles para las autoridades. Cuando aparecen abandonados al final de la temporada de caza —como ocurre sistemáticamente cada enero con decenas de miles de galgos, podencos y otros perros cinegéticos—, es prácticamente imposible rastrear a quién pertenecían.

Si el reglamento europeo se aplica sin excepciones para los perros de caza, cambiaría esta situación de raíz. Cada perro tendría un número de microchip vinculado a una persona responsable en una base de datos oficial interoperable a nivel europeo. La impunidad estructural del abandono cinegético tendría por primera vez una respuesta normativa efectiva.

Pero hay señales de alerta en el propio proceso legislativo español. La consulta pública previa que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 realizó entre julio y octubre de 2025 sobre el proyecto de Real Decreto de ordenación de los núcleos zoológicos recibió 2.204 aportaciones. De ellas, 2.160 —el 98%— pedían expresamente que los perros para la caza y de trabajo fueran incluidos como animales de compañía con los mismos estándares de protección, controles y trazabilidad. El resultado: el borrador sigue sin incluirlos.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) trabaja en paralelo un Real Decreto específico sobre «núcleos zoológicos tradicionales» que podría acabar siendo el cauce normativo para las instalaciones cinegéticas, pero con estándares distintos y presumiblemente más laxos, ya que consideran a los perros de caza como animales de producción que no tienen los mismos derechos que los perros que viven en nuestros hogares.

El debate parece estar estancado en la definicón jurídica de qué es un perro... si lo es porque pertenece a esa especie o lo es según la función que le hemos dado arbitrariamente según nuestras actividades humanas: guardían, de pastoreo, para cazar, auxiliar, policía, etc.

El caso de las mutilaciones

El reglamento UE incluye otra disposición crítica para los perros de caza: la prohibición general de mutilaciones estéticas. Sin embargo, la enmienda al considerando 36, aprobada por el Parlamento, introduce una excepción específica: en el caso de determinadas razas, como los perros de caza, pueden permitirse procedimientos como el corte de rabo por motivos profilácticos, diagnósticos o terapéuticos, y solo si los realiza un veterinario. La misma lógica que durante décadas ha justificado tratar a estos animales como instrumentos —no como individuos— se reproduce también en la norma que supuestamente viene a protegerlos.

La lección es clara: el reglamento europeo establece un suelo mínimo, pero no obliga automáticamente a España a reformar su arquitectura legal doméstica más allá de los requisitos expresamente armonizados. Los plazos de aplicación de hasta 7 años dejan una ventana enorme para que la transposición sea parcial o vaciada de contenido en la práctica.

Esto es lo que puedes hacer

El debate plenario del 27 de abril en el Parlamento Europeo no es el final del proceso legislativo —el texto volverá a comisión para las negociaciones interinstitucionales con el Consejo—, pero sí es el momento en que la presión ciudadana puede tener más impacto. Los eurodiputados españoles están votando en nombre de todos los perros que no tienen voz propia en ese hemiciclo.

  1. Escribe a tus eurodiputados. Puedes encontrar la lista de eurodiputados españoles y sus contactos en el portal del Parlamento Europeo. Pídeles que defiendan: la aplicación de los requisitos de identificación y registro a todos los perros sin excepción por uso, la eliminación de la excepción al raboteo para perros de caza en el considerando 36, y plazos de transposición razonables, no los máximos posibles.
  2. Participa en el proceso legislativo español. El borrador de Real Decreto sobre núcleos zoológicos de animales de compañía todavía está en tramitación. El ministerio competente debe recibir el mensaje de quienes exigen la inclusión de los perros de caza no eran una curiosidad estadística, sino la expresión de una demanda social mayoritaria con respaldo científico y jurídico.
  3. Firma y comparte. AnimaNaturalis mantiene activas peticiones específicas sobre los derechos de los perros de caza y la eliminación de las excepciones en la normativa europea. Cada firma es un argumento más que llega a los negociadores..

"Cada vez que una administración decide que un perro no merece ser registrado, está decidiendo también que su sufrimiento puede ser invisible. El reglamento europeo nos da la oportunidad de acabar con esa impunidad. Que no sea desaprovechada", agrega Gascón.