Más allá de logros inmediatos o no que se conseguirán con esta ley a corto, mediano y largo plazo, creemos que la mera existencia de esta legislación pionera a nivel estatal es un logro del movimiento por los derechos animales, que ha conseguido situar la perspectiva animal dentro de la agenda política permanentemente. ¡Eso ya es en sí mismo un triunfo!
Simplemente hacer la cuestión de los animales visible, generar discusión, reflexión, conflicto, votación, es un paso indispensable para conseguir cambios profundos a largo plazo por los animales, porque estamos debilitando una de las primeras barreras de una todavía parte importante de la sociedad: pensar que la cuestión de los animales es irrelevante.
Si la cuestión de los animales está dentro de un órgano de decisiones políticas y legislativas, es síntoma de que social y políticamente debemos dar respuestas y plantear soluciones.
Aunque algunos puntos no se podrán aplicar hasta que no se desarrolle el reglamento de la ley, muchos sí entrarán en vigor a partir del 29 de septiembre.
Qué se entiende por animales de compañía
Según las definiciones indicadas en el artículo 3 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, un animal de compañía es todo aquel "animal doméstico o silvestre en cautividad" que está mantenido por el ser humano "principalmente en el hogar" en el caso de tener unas condiciones aptas que "respeten sus necesidades etnológicas, pueda adaptarse a la cautividad" y que su finalidad no sea la cría para consumirle, aprovecharse de sus producciones o su uso industrial, o utilizarle con un fin lucrativo.
El artículo también asegura que "en todo caso perros, gatos y hurones, independientemente del fin al que se destinen o del lugar en el que habiten o del que procedan, serán considerados animales de compañía". Los animales de producción serían animales de compañía si, perdiendo su capacidad productiva, el propietario lo inscribe en el Registro de Animales de Compañía.
Uno de los puntos clave dentro de la Ley de Bienestar Animal es el endurecimiento de las penas por maltrato. Un abandono podría costar entre 500 y 10.000 euros de multa, la cual aumentaría en función de las circunstancias en las que se cometiese este acto. De considerarse 'grave', este hecho podría ser sancionado con multas de entre 10.001 y 50.000 euros, mientras que si es 'muy grave', la sanción sería de 50.001 a 200.000 euros.
La Ley de Bienestar Animal, que creará una Estadística Nacional de Bienestar Animal para contar con datos oficiales de abandonos, adopciones y maltrato, también incorpora otras medidas:
SACRIFICIO CERO
Se prohíbe el sacrificio de animales de compañía, salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente.
Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas.
PROHIBIDA LA VENTA DE PERROS, GATOS Y HURONES EN TIENDAS
Quedará prohibida la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Perros, gatos y hurones solo podrán venderse desde criadores registrados.
Las tiendas donde se comercialicen perros, gatos y hurones dispondrán de un plazo de 12 meses tras la entrada en vigor de esta ley para finalizar su actividad de venta de estas especies.
FIN A LOS CIRCOS CON ANIMALES SALVAJES
Queda totalmente prohibido “el uso de animales pertenecientes a especies de fauna silvestre en espectáculos circenses”, en todo el territorio español. Los circos dispondrán de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley para modificar su actividad y, en su caso, poner en conocimiento de la autoridad competente las especies y número de animales silvestres en cautividad que obran en su poder.
Los animales que dejen de ser utilizados en espectáculos deberán ser realojados en los lugares más adecuados para garantizar su bienestar, pudiendo ser su destino reservas o refugio permanente para animales.
PROHIBIDOS LOS COLLARES DE CASTIGO
Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones a los animales de compañía, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.
PROHIBIDO LLEVAR ANIMALES ATADOS EN VEHÍCULOS A MOTOR EN MARCHA
Esta práctica, a pesar de estar prohibida en algunas comunidas autónomas, estaba hasta la fecha bastante extendida en comunidades como Castilla y León o Andalucía, especialmente para el entrenamiento de galgos y podencos mediante ciclomotor, motocicleta, quad y análogos.
REGISTROS CENTRALIZADOS
Se contará con un sistema de registro centralizado de identidad de animales de compañía, núcleos zoológicos, profesionales que tratan con animales y también de maltratatadores que no pueden tener animales bajo su responsabilidad.
ANIMALES SIN SUPERVISIÓN
Queda prohibido, sin excepción, dejar a un animal de compañía sin supervisión durante más de tres días consecutivos. En el caso de los perros, este plazo quedaría limitado a no más de 24 horas consecutivas. Superar esos períodos será considerado maltrato animal por abandono.
Además, estará prohibido también mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
ESTERILIZACIÓN OBLIGATORIA PARA TODOS LOS GATOS
Para luchar contra la cría descontrolada y futuros abandonos, la normativa establece la obligatoriedad de esterilizar a todos los gatos comunitarios a partir de los 6 meses de edad, así como otros animales de compañía que habiten fuera del interior de las viviendas.
CURSO PARA LA TENENCIA DE PERROS
Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida. Dicho curso de formación será gratuito y su contenido está pendiente de definir, se determinará reglamentariamente.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PERROS
En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.
LISTADO DE ANIMALES QUE SE PUEDEN TENER EN EL HOGAR
En el plazo máximo de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley, se aprobará el reglamento que desarrolle la relación de los animales que pueden ser objeto de tenencia como animales de compañía.
Además, en el plazo de seis meses, las personas que tengan como animales de compañía a especies peligrosas o amenazadas “tendrán la obligación de comunicar a las autoridades competentes la tenencia de estos animales”.
COLONIAS FELINAS Y MÉTODOS ÉTICOS DE CONTROL
Será obligatoria la identificación de los gatos de las colonias mediante microchip, registrada bajo la titularidad de la Administración local competente, y la esterilización quirúrgica de todos los gatos comunitarios. De esta manera, la ley apuesta por el método CER (Captura, esterilización y retorno) para gestionar las colonias felinas. Los ayuntamientos serán los responsables y se dedicarán fondos públicos para ayudar en esta labor (este año, dos millones de euros).
PROTOCOLO DE EMERGENCIA PARA ANIMALES
Se crearán protocolos para enfrentar emergencias y siniestros que incluyan a los animales como seres afectados, como en incendios, erupciones volcánicas y fenómenos similares.
Qué pasa con los perros usados para cazar
En el Gobierno, la confrontación entre Unidas Podemos y el PSOE surgió cuando, poco después de aprobarse el proyecto de ley de bienestar animal en el Consejo de Ministros, los socialistas presentaron una enmienda para excluir a los perros de caza, de manera que no se ven afectados por esta ley.
Esta modificación fue aprobada e incorporada al texto de la norma gracias al apoyo de grupos como PP y Vox, pero con el rechazo de Unidas Podemos, que sin embargo sí acabó dando su apoyo al conjunto de la ley para que pudiera ser aprobada en el Congreso de los Diputados.
Esta modificación deja fuera no sólo a los perros de caza, sino también a los perros de asistencia o a los usados por la policía, el Ejército o los pastores. El Ministerio de Agricultura tendrá que elaborar una norma específica para estos animales, como compromiso del PSOE, que fue el responsable de presionar por esa enmienda.
En cualquier caso, todos los perros usados para la práctica de la caza u otros usos de asistencia, deberán ser registrados como tal, si los cazadores quieren quedar excluidos del cumplimiento de las medidas que propone la ley para los perros en general.